Reglamento Interno

Reglamento de servicios del Centro Integral de Documentación

Razón de ser del presente Reglamento

Como entidad que permite a sus usuarios el acceso a la información para la creación de conocimiento, el presente reglamento tiene como objetivo favorecer que los servicios prestados por el Centro Integral de Documentación (CID) sean equitativos para la Comunidad del CUCEI y el acceso a la información y recursos se den bajo los lineamientos que se presentan con el propósito de que la misma comunidad haga uso adecuado de los materiales.

Con el presente reglamento esperamos: establecer  aspectos normativos que regulen el correcto funcionamiento y operación del CID, propiciando:

  • Uso adecuado de, instalaciones, equipos y materiales, por los usuarios
  • Homologación en la prestación de los servicios
  • Claridad en el otorgamiento de los servicios ofrecidos

Definiciones

En este reglamento se hace uso de los siguientes términos:

Usuario: cualquier persona que ingresa y hace uso de los servicios e instalaciones del CID. Para efectos de la prestación de servicios, los usuarios se categorizan de la forma siguiente:

  • Licenciatura: Alumnos de licenciatura o TSU
  • Posgrado: Estudiantes de maestría o doctorado
  • Académicos: Profesores, investigadores, técnicos académicos
  • Administrativos: Personal sindicalizado y de confianza

Usuario externo: Público en general que no guarda relación académica o laboral con la Universidad de Guadalajara

Estatus: En relación a los materiales del CID, cada uno de ellos tiene un Estatus: valor que tiene cada material el cual determina las condiciones de préstamo conforme con el tipo de usuario. Los estatus son los siguientes: Regular, Interno, Préstamo y Literatura, los cuáles son sujetos a préstamo externo, y los de Colección, Reserva, Consulta, Seriadas no se prestan externamente. Este valor se visualiza en el Catálogo en línea

 

CAPÍTULO PRIMERO

Del Centro Integral de Documentación (CID)

Como entidad que permite a sus usuarios el acceso a la información para la creación de conocimiento, el presente reglamento tiene como objetivo favorecer que los servicios prestados por el Centro Integral de Documentación (CID) sean equitativos para la Comunidad del CUCEI y el acceso a la información y recursos se den bajo los lineamientos que se presentan con el propósito de que la misma comunidad haga uso adecuado de los materiales.

Art. 1.- El Centro integral de Documentación ofrece sus servicios en horario de 07:30 a 20:00 horas de lunes a viernes y los sábados de 8:00 a 14:00 horas

Art. 2.- Las colecciones del CID son: Acervo General, Referencia, Tesis, la cual incluye el INEGI, Fondo Histórico y Publicaciones Seriadas. Los libros del Centro de Auto Acceso son controlados por esta entidad.

Art. 3.- Se cuenta con 8 salas para labores de estudio y académicas, así como 5 cubículos, un espacio de lectura informal y la zona de ingreso. El espacio en Tesis es para la consulta a bases de datos, tesis y publicaciones seriadas, tanto impresas como digitales.

Art. 4.- Los usuarios tendrán acceso directo a la estantería abierta, salas de estudio, cubículos (bajo el servicio de préstamo) y al área de atención a usuarios, además del equipo de cómputo asignado para la búsqueda y la consulta de las distintas bases de datos y medios electrónicos que ofrece la Biblioteca.

Art. 5.- Los usuarios externos tendrán acceso a la estantería abierta, salas de estudio, área  de atención a usuarios, además del equipo de cómputo asignado para la búsqueda y la consulta de las distintas bases de datos y medios electrónicos que ofrece la Biblioteca.

 

CAPÍTULO SEGUNDO

De los usuarios

Art. 6.- Con carácter de usuarios, con acceso a todos los servicios del CID, se identifica a las siguientes personas:

  1. Los alumnos de licenciatura y posgrados
  2. Los profesores e investigadores
  3. El personal profesional, técnico y administrativo

Art. 7.- Con carácter de usuarios externos, podrán hacer uso de los servicios de consulta en sala en el CID:

  1. Los egresados de la Universidad.
  2. Público en general

 

Art 8.- En caso de extravío de la credencial el usuario deberá reportarlo de inmediato al personal de Circulación; antes de ese momento el usuario se hace responsable del mal uso de su credencial.

Comportamiento a observar dentro de la Biblioteca

Art. 9- Para evitar ser amonestado y/o sancionado por el personal del CID, todo usuario deberá cumplir las siguientes normas

  1. Se prohíbe introducir cualquier tipo de alimento, bebida, golosina.
  2. Se prohíbe fumar.
  3. Mantener una conducta de respeto hacia el personal de la biblioteca y hacia los otros usuarios.
  4. En el área de lectura se abstendrá de realizar conversaciones informales o discusiones grupales, hablar en voz alta y provocar ruidos que distraigan a los demás usuarios
  5. Queda prohibida cualquier actividad capaz de molestar al resto de los lectores.
  6. En las zonas de atención al público y los cubículos de estudio, los usuarios deberán hablar en voz baja.
  7. Está prohibido que el usuario deje artículos personales encargados con el personal del CID (bicicletas, carteras, calculadoras, lap-top, etc.).
  8. Queda prohibido utilizar el equipo de cómputo asignado para la consulta al catálogo electrónico para cualquier otro fin que no sea el descrito.
  9. Se prohíbe la entrada con mascotas.
  10. El usuario evitará dejar el material consultado sobre las mesas o en los lugares que no corresponden.
  11. Se prohíbe introducir armas blancas y de fuego.
  12. Las autoridades y personal de la biblioteca se reservan el derecho de prohibir cualquier actividad que moleste al resto de los usuarios, ponga en peligro el acervo, el mobiliario o el edificio mismo de la biblioteca.
  13. El personal o autoridades del CID se reservan el derecho de llamar la atención o expulsar de las instalaciones a los usuarios que incumplan este reglamento

 

CAPÍTULO TERCERO

De los Servicios

Art. 10.- Requisito indispensable para todos los servicios:

  1. Credencial de la Universidad de Guadalajara, con holograma actualizado, datos y  fotografía legible, en buen estado y completa; estar vigente;  sin sanciones en el sistema Aleph y sin problemas en SIIAU.
  2. En el caso de préstamo de computadoras la credencial se quedará en garantía en Circulación, junto con el pagaré firmado, en el módulo de circulación mientras se haga uso del equipo.
  3. En el caso de préstamo de cubículos, todas las credenciales se quedarán en Circulación hasta que todos los usuarios entreguen el cubículo.

El CID prestará los siguientes servicios:

  1. Préstamo Externo
  2. Préstamo de computadoras portátiles al interior
  3. Préstamo Interno
  4. Préstamo de cubículos
  5. Préstamo Interbibliotecario
  6. Búsqueda y recuperación de información 
  7. Acceso a recursos en formato electrónico
  8. Consulta a Biblioteca Digital
  9. Visitas Guiadas
  10. Talleres, asesorías e instrucción a usuarios
  11. Fotocopiado: El costo de la reproducción será cubierto por el solicitante, se tiene servicio por empresa externa, así como una propia de autoservicio.

Para los servicios del inciso a) al e) se detallan las características y requisitos. Los servicios del f) en adelante requieren de establecer diálogo con las autoridades y personal  del CID

Préstamo externo

Art. 11.- Son requisitos para el préstamo externo:

  1. Estar activo en el sistema.
  2. Lo señalado en el artículo Art. 10.-, inciso a.
  3. No tener sanciones o adeudos de recursos susceptibles de préstamo externo.

Art. 12.- El usuario deberá revisar el estado de los materiales que solicita y reportar cualquier anomalía o circunstancia particular en los mismos al bibliotecario para agregar una nota en su sesión de préstamo. Es su responsabilidad entregarlos en el estado que le fueron entregados.

Art. 13.- Las condiciones de préstamo externo son las siguientes:

Estatus del libro

Descripción

Préstamo

5 MATERIALES MÁXIMO

10 MATERIALES MÁXIMO

Licenciatura, Administrativos

Académicos, Posgrados

Regular

Material de la colección Acervo General, cuya descripción es Ejemplar 2 en adelante. (Ej. 2; Ej. 3)

7 (siete) días naturales

14 días naturales

Préstamo

Materiales de todas las colecciones, identificados con una línea roja en la etiqueta del lomo del libro. Son en su mayoría ejemplares 1 (Ej. 1)

7 (siete) días naturales

14 días naturales

Literatura

Materiales de la colección Acervo General cuya clasificación va del 800 al 999

21 días naturales

Interno

Materiales de la colección Acervo General cuya descripción es Ejemplar 1 (Ej. 1) y que no tienen línea roja en la etiqueta.

De lunes a jueves se prestan por 3 horas, con hora máxima a las 20:00 horas. El viernes y sábado se prestan para entregarse el lunes o el día hábil siguiente hasta las 20:00 horas. (2 materiales en préstamo como máximo)

Reserva

Tienen una etiqueta rectangular color naranja en el lomo del libro

No hay préstamo externo, su consulta es solo en el interior del CID.

Consulta

Materiales de la colección Referencia, identificados con una etiqueta redonda verde

No hay préstamo externo, su consulta es solo en el interior del CID.

En todos los casos no se permiten renovaciones

 

El préstamo externo excluye fascículos de revistas, tomos de enciclopedias, materiales de INEGI, tesis (identificados con los estatus Colección, Seriadas, Reserva).

Art. 14.-  Cuando el personal de la biblioteca considere, bajo su juicio, que una obra no deba de ser prestada, la misma será retenida al momento de ser regresada o antes del préstamo.

Art. 15.-  Los préstamos de obras son intransferibles. La persona que solicitó  el préstamo se hace responsable absoluto de los materiales.

Art. 16.- Los préstamos especiales se otorgarán con autorización del Jefe de la Unidad de Desarrollo Bibliotecario.

Art. 17.- La devolución de materiales la puede hacer cualquier persona, misma que debe conocer el código de quien tiene el material en préstamo. En caso de incurrir en una sanción, quien devuelve el material deberá presentar su credencial para anotar en el sistema que tal usuario estuvo enterado de la sanción adquirida.

 

Préstamo de computadoras

Art. 18.- Para el préstamo de computadoras se debe seguir la indicación del artículo 10 inciso B. La credencial se quedará, junto con el pagaré firmado, en el módulo de circulación mientras se haga uso del equipo. No se acepta ninguna otra credencial para este préstamo. El bibliotecario tiene autorización de denegar el servicio al no cumplir este requisito o ante cualquier otra circunstancia.

Art. 19.- Exclusivo para alumnos y académicos con vigencia en el sistema Aleph. El usuario debe firmar el formato correspondiente.

Art. 20.- El préstamo tiene una duración máxima de 2 horas y bajo ninguna circunstancia el equipo saldrá del CID.

Art. 21.- El equipo se deberá entregar encendido. El usuario se hace responsable de entregar el equipo en las mismas condiciones en que le fue entregado, por lo cual debe comprobar el funcionamiento del mismo al recibir el equipo y reportar de inmediato cualquier tipo de falla o daño.

Art. 22.-En caso de daño al equipo, se aplicará al artículo 4 del capítulo 4.

Préstamo Interno

Art. 23.- los usuarios podrán consultar los materiales del Acervo general en cualquiera de las salas  del CID.

Art. 24.- Los materiales del área de Tesis deberán ser consultados en este mismo espacio, con excepción del Fondo Histórico, del cual algunos materiales están sujetos a préstamo externo.

Préstamo de Cubículos

Art. 25.- Deben presentarse de 4 a 6 usuarios para otorgarles en préstamo. Las credenciales deben cumplir con lo señalado en el Artículo 10 inciso A. Todas las credenciales serán retenidas mientras dure el préstamo en el área de circulación.

Art. 26.- La duración máxima en el cubículo es de 2 horas, tiempo en el cual ninguno de los integrantes solicitará la devolución de su credencial por dejar el cubículo.

Art. 27.- A la finalización del préstamo, cada credencial le será entregada a su propietario. De no localizarse uno de ellos, la credencial será entregada al Responsable del área de Servicios o al Jefe de la Unidad de Desarrollo Bibliotecario. Ante esta situación, todos los usuarios que utilizaron el cubículo serán sancionados por 30 días de calendario escolar en los servicios del CID.

 

Préstamo Interbibliotecario

Art. 28.- Cuando una biblioteca a través de su Jefe de la Unidad de Desarrollo Bibliotecario solicite material en préstamo, la petición será analizada tomando en cuenta:

  • La demanda de uso por la comunidad del CUCEI
  • La cantidad de ejemplares disponibles

Considerando la anterior, se determinará si es viable la solicitud y se procederá conforme la petición del interesado

 

CAPÍTULO CUARTO

De los aranceles sanciones y protección al patrimonio universitario

Aranceles y sanciones

Art. 29.- Conforme al Dictamen CONS-CUCEI/CCB-CH/001/2013 del H. Consejo de Centro, los usuarios que no devuelvan en tiempo y forma el material bibliográfico que se les preste, se les aplicarán aranceles económicos conforme a los siguientes criterios:

 

Estatus del libro

Descripción

Sanción

Observaciones

Regular

Material de la colección Acervo General, cuya descripción es Ejemplar 2 en adelante. (Ej. 2; Ej. 3)

$ 5.00 por día

La sanción aplica solo para los días hábiles

Préstamo

Materiales de todas las colecciones, identificados con una línea roja en la etiqueta del lomo del libro. Son en su mayoría ejemplares 1 (Ej. 1)

$ 5.00 por día

 

La sanción aplica solo para los días hábiles

 

 

 

Literatura

Materiales de la colección Acervo General cuya clasificación va del 800 al 999

$ 5.00 por día

La sanción aplica solo para los días hábiles

Interno

Materiales de la colección Acervo General cuya descripción es Ejemplar 1 (Ej. 1) y que no tienen línea roja en la etiqueta.

$ 1.00 por hora

De lunes a jueves se prestan por 3 horas, la sanción aplica a partir de la hora y minutos señalados para entregarse. El viernes y sábado se prestan para entregarse el lunes o el día hábil siguiente hasta las 20:00 horas. La sanción aplica desde el siguiente minuto de la hora señalada para su entrega.

Reserva

Tienen una etiqueta rectangular color naranja en el lomo del libro

No aplica

No hay préstamo externo, su consulta es solo en el interior del CID.

Consulta

Materiales de la colección Referencia, identificados con una etiqueta redonda verde

No aplica

No hay préstamo externo, su consulta es solo en el interior del CID.

 

Art. 30-.- Conforme a los siguientes tipos préstamo y  materiales, se aplicarán las sanciones descritas

  1. El atraso en la entrega de los equipos de cómputo acarrea el bloqueo de cualquier servicio de préstamo en la biblioteca por espacio de 30 días hábiles.
  2. El atraso en la entrega de los cubículos implica el bloqueo de cualquier servicio de préstamo en la biblioteca por espacio de 30 días hábiles.
  3. El usuario que entregue el equipo en mal estado o con desperfecto físico, o que no la entregue, deberá de resarcir y pagar el valor correspondiente, además de ser sancionado de acuerdo con el Dictamen CONS-CUCEI/CCB-CH/001/2013 del H. Consejo de Centro
  4. El usuario está obligado a pagar el costo comercial de los materiales perdidos, además del costo de procesamiento que la biblioteca considere.
  5. El usuario está obligado a pagar cualquier reparación del material que deteriore por sus acciones.

 

Art. 31.- Con el fin de proteger el acervo, el mobiliario y el equipo, las autoridades y personal de la biblioteca se reservan el derecho de revisar las pertenencias y aún al mismo usuario, en caso de considerarlo necesario, a través del personal de vigilancia, seguridad o bibliotecarios.

Art. 32.-  La revisión será realizada por los siguientes motivos:

  1. Si el sistema de alarma contra robos lo indica.
  2. Si el personal de la biblioteca sorprende a un usuario mutilando libros, maltratando o sustrayendo materiales.
  3. Si existe algún señalamiento fundamentado por parte de un usuario sobre alguna actitud indebida por parte de otro.

Art. 33.- El usuario que incumpla las disposiciones del artículo 8 será amonestado por el personal o autoridades de la biblioteca.

Art. 34.- La persona que sea sorprendida haciendo mal uso del material, mobiliario o equipo, así como de las instalaciones, deberá reponer los bienes dañados. Se levantará el acta correspondiente, turnándola a la H. Comisión de Responsabilidades y Sanciones del Centro Universitario, con copia para el expediente personal integrado en el CID y se le suspenderá el servicio bibliotecario de acuerdo a la falta. Conforme lo señala el resolutivo contenido en el Dictamen CONS-CUCEI/CCB-CH/001/201 Art. 3 del H. Consejo de Centro

Art. 35.- Los casos en los cuales los usuarios sean sorprendidos sustrayendo materiales y/o equipo sin autorización, serán revisados por una comisión de la biblioteca que dictaminará al respecto.

Art. 36.- Las autoridades y personal de la biblioteca podrán suspender a los usuarios en sus derechos de préstamo externo, computadoras y cubículos en los casos siguientes:

  1. Cuando tengan en su poder una o más obras cuyo término de préstamo se encuentre vencido.
  2. Dar uso indebido a colecciones, instalaciones, mobiliario y equipo de la Biblioteca, o por maltratos mediante la imposición de marcas, manchas o subrayados que dificulten el uso posterior de las obras.
  3. Exponer a peligro evidente de deterioro, destrucción o pérdidas, obras y colecciones.
  4. Al quebrantar lo estipulado en el artículo 25 del presente reglamento.

Art. 37.- El o los usuarios que retengan para si uno o más materiales bibliográficos de manera continua en préstamo, serán sancionados con la suspensión de cualquier servicio bibliotecario por un lapso de 30 días hábiles. En caso de reincidir la sanción se duplicará. De continuar, se le suspenderá el servicio hasta por un semestre

Art. 38.- Una Comisión Interna de la Biblioteca podrá suspender a los usuarios de cualquier servicio, cuando suceda cualquiera de los siguientes puntos:

  1. Intento de robo
  2. Mutilación de materiales
  3. Cuando el usuario falte el respeto al personal de la Biblioteca
  4. Cuando el usuario dañe el patrimonio de la Biblioteca.
  5. Cuando el usuario ingrese a la biblioteca en estado inconveniente

Art. 39.- Los imprevistos que no estén contemplados en el presente reglamento, serán resueltos por el Jefe de la Unidad de Desarrollo Bibliotecario y/o autoridad correspondiente

La cantidad de días de suspensión será determinada por una comisión interna que analice la situación.

Art. 40.- La biblioteca no se hace responsable de los objetos personales de los usuarios